Novedades para importadores: PVPE, UFI y DUNS

Novedades para importadores: PVPE, UFI y DUNS

Este artículo sintetiza dos recientes regulaciones que afectan a los importadores extranjeros en los EE. UU.: los Programas de Verificación de Proveedores Extranjeros y el requisito de obtener un identificador único de las instalaciones (UFI).

Los Programas de Verificación de Proveedores Extranjeros (PVPE)

Los Programas de Verificación de Proveedores Extranjeros (FSVP, por sus siglas en inglés) son una exigencia de la La Ley de Modernización de la Inocuidad de los Alimentos (Food Safety Modernization Act, FSMA) de 2011 de la Administración de Medicamentos y Alimentos (Food and Drug Administration, FDA). El objetivo de dicha normativa es que se apliquen las mismas normas de seguridad alimentaria a todos los alimentos consumidos en EE. UU., independientemente de su lugar de la producción.

A continuación se presentan las claves de los FSVP para Importadores de Alimentos de Consumo Humano y para Animales de la FDA, de obligado cumplimiento desde mayo de 2017.

El programa PVPE exige a los importadores que garanticen que sus proveedores extranjeros de productos alimentarios para consumo humano o animal cumplen los estándares de seguridad de la FDA. La norma exige que los importadores verifiquen que los alimentos que entran a EE. UU. se hayan producido de acuerdo a los análisis de riesgos y controles preventivos tal y como establece la ley Federal Food, Drug, and Cosmetic Act (the FD&C Act), y garantizar que no han sido adulterados o etiquetados erróneamente en lo que respeta a los alérgenos.

Los importadores de acuerdo a PVPE

Se considera importador al propietario o consignatario estadounidenses de un producto alimentarios importado a los EE. UU., o la agencia o representante del propietario extranjero del destinatario en el momento de ingreso del alimento importado a los EE. UU.

Cómo funciona el programa PVPE

De acuerdo al programa PVPE, los importadores son responsables de:

  1. Determinar los riesgos conocidos o razonablemente previsibles con cada alimento.
  2. Evaluar el riesgo que supone un alimento, basado en el análisis de peligros y desempeño del proveedor extranjero.
  3. Utilizar dicha evaluación del riesgo de los alimentos importados y el desempeño del proveedor para aprobar proveedores y determinar las actividades de verificación de proveedores apropiadas.
  4. Realizar actividades de verificación de los proveedores adecuadas para garantizar que los riesgos que requieren un control se reducen o evitan. Debe establecer y seguir los procedimientos escritos para asegurar, en la mayoría de los casos, que sólo se realizan importaciones procedentes de proveedores extranjeros aprobados y debe implementar dichas actividades de verificación de proveedores, teniendo flexibilidad para adaptarlas a las características de cada proveedor. Estas actividades pueden incluir auditorías anuales, toma de muestras y evaluación de alimentos, etc.
  5. Realizar acciones correctivas cuando sean necesarias.

Procedimientos del programa PVPE

Los importadores deben establecer y seguir procedimientos por escrito para asegurarse de que sólo importen alimentos de proveedores extranjeros aprobados en base a una evaluación del riesgo impuesto por el alimento importado y el desempeño del proveedor o, cuando se requiera a régimen temporal, de proveedores no aprobados cuyos alimentos estén sujetos a actividades de verificación adecuadas antes de importarse.

Asimismo, los importadores deben desarrollar, mantener y seguir un PVPE para cada alimento importado a los EE. UU. y por cada proveedor extranjero de dichos alimentos. Si el importador obtiene un determinado alimento de unos distintos proveedores, necesitará un PVPE diferente para cada uno de esos proveedores.

Algunos importadores que también operan como fabricantes/procesadores, se consideran de conformidad con la mayoría de los requisitos del PVPE en los siguientes casos:

  • Si cumplen con los requisitos del programa de cadena de suministro bajo las normas de controles preventivos.
  • Si implementan controles preventivos para los peligros en alimentos, de acuerdo con los requisitos de las normas para controles preventivos.
  • Si no están obligados a implementar controles preventivos bajo dichas reglas en determinadas circunstancias específicas. Algunos ejemplos de estas circunstancias se presentan cuando el tipo de alimento (por ejemplo, granos de café) no puede consumirse sin la aplicación de un control preventivo, o cuando el cliente minimiza o evita en gran medida los peligros identificados y cumple con los requisitos de divulgación y garantías por escrito.

Evaluación del riesgo

La evaluación del riesgo derivado de la importación de alimentos y el desempeño del proveedor deben reevaluarse al menos cada tres años o, en su caso, si apareciera una nueva información que aluda a un posible peligro o al desempeño del proveedor extranjero.
Los importadores no están obligados a evaluar alimentos y proveedores ni a realizar actividades de verificación de proveedores si reciben garantías suficientes de que una entidad que pudiera sucederles en la cadena de distribución, como el cliente del importador, procesa los alimentos de conformidad con los requisitos aplicables a la seguridad alimentaria. Los importadores también deben revelar en los documentos que acompañan a los alimentos que dichos alimentos no se procesan para controlar los peligros identificados

Categorías de alimentos importados exentos a PVPE

  • Zumo, pescado y productos pesqueros sujetos a y en cumplimiento de las normativas de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control de la FDA (HACCP) para dichos productos, y determinados ingredientes para su uso en el zumo, pescado y productos pesqueros sujetos a las normas HACCP.
  • Alimentos para investigación o evaluación.
  • Alimentos para consumo personal.
  • Las bebidas alcohólicas y determinados ingredientes para su uso en bebidas alcohólicas. o Los alimentos que se importen para procesamiento y exportaciones a futuro.
  • Los alimentos enlatados con bajo contenido ácido (LACF), tales como verduras enlatadas, pero sólo con respecto a los peligros microbiológicos cubiertos por otras normas, así como ciertos ingredientes para su uso en productos LACF (pero sólo con respecto a los peligros microbiológicos).
  • Ciertas carnes, aves y ovoproductos regulados por el Departamento de Agricultura de los EE. UU. en el momento de la importación.

Programa PVPE: Recursos de interés para importadores

Nuevo requisito para importadores: El Identificador único de instalación (UFI), el Número DUNS

Otra novedad que introduce la ley FSMA es que, a partir del 1 de octubre de 2020, será obligatorio para los “importadores FSVP” contar con un identificador único de las instalaciones (UFI) a los efectos del registro de productos agroalimentarios ante la FDA.

Aunque la exigencia de un UFI reconocido como aceptable por la FDA se estableció ya en 2011 en la FSMA (21CFR1.232 (a)(2)), no es hasta el 14 de julio de 2016, con la publicación en el Federal Register de las disposiciones de aplicación de FSMA (Sección VI, C, página 45929-45930 y Sección VII, B, páginas 45933-45936) en donde se establece como UFI aceptable el número DUNs. Se presenta a continuación el proceso de solicitud del número DUNS.

Cómo obtener el número DUNs

La empresa  privada Dun & Bradstreet asigna y regula los números DUNS. Actualmente, la solicitud del número DUNS es gratuito y se puede conseguir a través de internet en la web de Dun&Bradstreet. También se puede llamar al 1.800.234.3867 o enviar un email a govt@dnb.com

Aunque es posible obtener el DUNS en tan sólo 5 días laborables, es posible que D&B puedan tardar hasta 45 días o más dependiendo de las solicitudes recibidas u otras circunstancias. Por ello, es muy importante que, para cumplir el plazo del 1 de octubre de 2020, las empresas realicen la solicitud de su número DUNS con la mayor anticipación posible, ya que si la empresa se ve obligada a hacer una solicitud de urgencia el trámite puede tener un coste adicional por parte de D&B.

Para consultas adicionales sobre cómo solicitar el número DUNS, se puede contactar directamente con la entidad emisora a través del formulario de contacto en o usando el teléfono y correo electrónico mencionado.

Asimismo, para otras consultas relacionadas con este tema, se puede también contactar con los especialistas de FDA en la Oficina de Programas Internacionales (Office of international programs) (FDACSI@fda.hhs.gov)  indicando en el asunto del email: “Dun & Bradstreet Number Inquiry”.

Número DUNS: Otros recursos de interés

Jesús Martínez

Jesús Martínez

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